EMPLEADOR
Derechos
- A orientación por parte de las administradoras de riesgos laborales sobre la prevención y evaluación de los riesgos, recibiendo recomendaciones que controlen o eliminen el factor de riesgo.
- A recibir por parte de las ARL asesoría para los programas de medicina laboral, seguridad e higiene industrial y salud ocupacional sin ninguna discriminación, preferencia de número de trabajadores o cotización de la empresa
Deberes
- El pago total de la cotización de los trabajadores a su servicio.
- Trasladar el monto de las cotizaciones a la entidad ARL correspondiente, dentro de los plazos indicados.
- Procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores.
- Destina recursos técnicos, humanos y financieros para la ejecución del programa de salud ocupacional de la empresa.
- Programar, ejecutar y controlar el cumplimiento del Programa de Salud Ocupacional.
- Notificar a la ARLlos Accidentes de Trabajo y Enfermedad laboral dentro de los días de su ocurrencia.
- Facilitar la capacitación en Salud Ocupacional a los trabajadores.
- Facilitar la elección del COPASST, y registrarlo ante el Ministerio de Protección Social.
- Informar a la ARL las novedades de personal.
- Informar a los trabajadores y a las EPS donde estén afiliados sus trabajadores, la ARL escogida por el empleador.
Derechos
El trabajador que sufra un accidente de trabajo o se le diagnostique
una enfermedad profesional tiene derecho a la cobertura por parte de la ARL en
el 100% de las siguientes prestaciones económicas y asistenciales:
- Atención inicial de urgencias en cualquier IPS en el evento de Accidente de Trabajo.
- Atención médica, quirúrgica terapéutica y farmacéutica prestada por a IPS donde está afiliado.
- Servicio de hospitalización, odontológico, diagnóstico, tratamiento y suministro de medicamentos.
- Rehabilitación física y profesional.
- Elaboración y reparación de prótesis y órtesis.
- Gastos de traslado en condiciones normales y necesarios para la prestación de los anteriores servicios.
- Subsidio por incapacidad temporal.
- Indemnización por incapacidad permanente parcial
- Pensión de invalidez.
- Pensión de sobreviviente por la muerte del afiliado o pensionado.
- Auxilio funerario a quien sufraga gastos del entierro de un afiliado o pensionado.
Deberes
- A ser reincorporado y/o reubicado una vez terminados sus procesos de recuperación y/o rehabilitación.
- Procurar el cuidado integral de su salud.
- Suministrar información sobre el estado de su salud.
- Cumplir normas, reglamentos e instrucciones de Salud Ocupacional
- Participar en prevención de riesgos a través del COPASST.
- Los pensionados por invalidez por riesgos profesionales deberán informar y mantener actualizada su información.
ADMINISTRADORA DE RIESGOS LABORALES
Derechos
- Contratar o conformar equipos de prevención de riesgos profesionales.
- Contratación de personas naturales o jurídicas debidamente licenciadas por las Secretarías de Salud locales, para la prestación de servicios de salud ocupacionales a terceros.
- Adquirir, facilitar o arrendar los equipos y materiales para el control de factores de riesgo en la fuente y en el medio laboral.
Deberes
- Aceptar a todos los afiliados que soliciten vinculación a la ARP.
- Asesoría básica para las empresas en cuanto al diseño del Programa de Salud Ocupacional.
- Capacitación básica para Brigadas de Emergencia.
- Capacitación al COPASST las empresas afiliadas.
- Fomento de estilos de vida saludables.
- Campañas de educación, y prevención en AT Y EL Asesoría técnica.
- Evaluación del Programa de Salud Ocupacional.
- Vigilancia y control a sus empresas afiliadas.
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